Qué es el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica?
El Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica es el órgano supremo electoral de la República de Costa Rica. Fue creado en 1949, cuando se promulgó la actual Constitución Política de esta nación centroamericana. El Tribunal es el órgano constitucional superior en materia electoral y por lo tanto responsable de la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio.
Por reforma de la Constitución Política el 5 de junio de 1975, se le otorgó al Tribunal Supremo de Elecciones el mismo rango e independencia de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de Costa Rica, por lo que la institución es legalmente el cuarto poder de la República.
Funciones
El Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica tiene, de acuerdo con el Artículo 102 de la Constitución Política de 1949, entre algunas de sus funciones:
- Convocar a elecciones populares.
- Nombrar los miembros de las Juntas Electorales.
- Interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referente a la materia electoral.
- Conocer en alzada de las resoluciones apelables que dicten el Registro Civil y las Juntas Electorales.
- Investigar por sí o por medio de delegados, y pronunciarse con respecto a toda denuncia formulada por los partidos sobre parcialidad política de los servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas.
- Dictar, con respecto a la Fuerza Pública, las medidas pertinentes para que los procesos electorales se desarrollen en condiciones de garantías y libertad irrestrictas.
- Ejecutar el escrutinio definitivo de los sufragios emitidos en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados a la Asamblea Legislativa, miembros de las Municipalidades y Representantes a Asambleas Constituyentes;
Hacer la declaratoria definitiva de la elección de Presidente y Vicepresidente de la República, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la votación y en el plazo que la ley determine.
Fuente: Wikipedia